A partir del 5 de septiembre de 2026, entra en plena vigencia en la República Argentina la Ley 27.801, correspondiente al Nuevo Régimen Penal Juvenil.

Esta normativa introduce modificaciones sustanciales en el tratamiento judicial y procesal de los delitos cometidos por menores de edad, estableciendo un marco regulatorio integral que busca definir responsabilidades y límites sancionatorios precisos.

  • Baja de la edad de imputabilidad: El punto central de la reforma reduce el umbral de imputabilidad penal de 16 a 14 años. Con esto, los adolescentes de entre 14 y 18 años pasan a estar comprendidos dentro de un régimen punitivo diferenciado, permitiendo que la justicia determine responsabilidades penales e intervenga formalmente frente a la comisión de hechos tipificados en el Código Penal.
  • Límite máximo a las penas privativas de la libertad: Para este grupo etario se fija una condena máxima de 15 años de prisión, estableciendo un techo formal que la judicatura no puede superar al graduar la pena, independientemente de la gravedad o acumulación de los delitos juzgados.
  • Prohibición de penas perpetuas: Se prohíben de manera taxativa las condenas a prisión o reclusión perpetua para menores de edad, alineando la legislación con las exigencias de estándares internacionales en materia de derechos de la infancia y adolescencia, garantizando que toda medida privativa de la libertad conserve un horizonte temporal definido y un fin orientado a la resocialización.